lunes, 26 de enero de 2015

CONSEJO PARA LA NIEVE - QUADIS RECOMIENDA USAR MARCHAS Y PEDALES CON SUAVIDAD SI HAY NIEVE

La red de concesionarios y talleres oficiales Quadis ha elaborado un decálogo con recomendaciones para conducir sobre nieve, entre las que destacan...


MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

La red de concesionarios y talleres oficiales Quadis ha elaborado un decálogo con recomendaciones para conducir sobre nieve, entre las que destacan usar los pedales con suavidad y circular con una marcha más larga de lo habitual.

La compañía destacó que conducir sobre superficies poco adherentes requiere la máxima atención del conductor, que debe saber adaptar las reacciones al volante a las condiciones del firme, ya que los coches se comportan diferente en barro, agua o nieve.

Las recomendaciones de la compañía incluyen tratar los pedales con suavidad, además de utilizar la aceleración mínima necesaria y evitar frenazos bruscos. También aconseja arrancar con la segunda marcha en caso de que patine al arrancar y circular con una marcha más larga de lo normal.

Quadis aconseja, a su vez, revisar la ruta y el destino en el navegador, mejorar la visibilidad ante el resto de conductores, así como tener preparado un juego de cadenas y equipar el vehículo con neumáticos de invierno.

La red de concesionarios resalta la importancia de no activar el líquido del limpiaparabrisas a bajas temperaturas, porque se puede congelar en el acto, y de no bajar la guardia en las maniobras de aparcamiento, ante la posible congelación de las pastillas de freno y porque el peso de la nieve puede romper los ejes del limpiaparabrisas.

miércoles, 21 de enero de 2015

¿CADUCAN LOS AIRBAG?

Un asociado de Madrid va a vender un vehículo de ocasión de una antigüedad elevada. Entre todas las preguntas que le ha hecho el posible comprador es que si es cierto que los airbag caducan. El asociado cree que al igual que los neumáticos que caducan a los 5 años, los airbag caducan a los 10.





A pesar de que popularmente se crea que los neumáticos caducan, no existe ninguna norma que disponga que a partir de x años o kilómetros un neumático caduque obligatoriamente. Lo que sí es cierto es que los fabricantes y organismos especializados en neumáticos recomiendan su sustitución pasados 5 años desde su fecha de producción que, como sabemos, se encuentra incorporada en la cubierta los mismos.

Lo mismo que ocurre con los neumáticos ocurre con los airbag. No existe una ley que obligue a cambiar los airbags transcurrido determinado tiempo pero en los coches más antiguos, en el libro de instrucciones, el fabricante recomienda una fecha – entre 10 y 15 años- para cambiarlos pues el material de la bolsa se va deteriorando y el gas puede perder sus propiedades. En casi todos los  coches nuevos ya no existe esta recomendación, debiendo aguantar toda la vida útil del vehículo. Debe tenerse en cuenta que el testigo luminoso del airbag en el cuadro de mandos indica que éste no funciona correctamente y, por tanto, el vehículo no pasará la ITV.

sábado, 17 de enero de 2015

Los accidentados de tráfico en edad laboral incrementarán un diez por ciento sus indemnizaciones aunque estén de baja laboral, según el criterio...

Los accidentados de tráfico en edad laboral incrementarán un diez por ciento sus indemnizaciones aunque estén de baja laboral, según el criterio adoptado por la Audiencia Provincial de Madrid en un auto reciente.

En una nota, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) explica que el auto ha declarado procedente aplicar el factor de corrección por pérdida de ingresos del baremo indemnizatorio de seguros, incluso cuando el lesionado esté de baja laboral en el momento del accidente.


El auto, dictado por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, ha estimado íntegramente las alegaciones formuladas por los servicios jurídicos de la asociación en defensa de los legítimos derechos de uno de sus socios, asegura AEA.

Este socio había sido objeto de un robo con intimidación y posteriormente atropellado por un vehículo que se dio a la fuga. Conforme a la decisión judicial, ha visto incrementado un 10%, en 8.000 euros en este caso, las indemnizaciones que le correspondían.

Este incremento se produce porque, a juicio de la Audiencia de Madrid, resulta indiferente "estar de baja laboral en el momento en que se produjeron los hechos, bastando para aplicarle el factor de corrección con el hecho de que se encontraba a dicha fecha en edad laboral".